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Inmobiliaria SecurityBanco SecurityBanco Security, en su permanente interés y compromiso por apoyar a sus clientes, ha adherido a la ley 21.299 que permite la postergación de cuotas de créditos hipotecarios y crea una garantía estatal para las cuotas postergadas, la cual es otorgada por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (Fogape).
Los clientes que cumplan con los requisitos para postular podrán postergar el pago de 6 cuotas de solo un crédito hipotecario, considerando todas las instituciones financieras con las que tengan financiamiento de este tipo. Esto deberá autorizarse a través de un mandato otorgado al Banco.
Requisitos:
Clientes Personas Naturales
Haber experimentado una disminución de los ingresos mensuales de al menos 25% (calculado respecto del promedio del año 2020 o 2019).
Que el crédito hipotecario a postergar se haya contratado con el objeto de financiar la adquisición directa o indirecta de un inmueble, cuya tasación Comercial sea de hasta UF 10.000 (tasación original del crédito,).
No poseer mora superior a 30 días.
Por el monto de los 6 dividendos postergados, se otorgará un crédito hipotecario complementario al actual hipotecario, a pagar en 60 cuotas, con 6 meses de gracia, a la misma tasa de su actual crédito hipotecario. Esta operación se encuentra exenta del impuesto de timbre y estampilla.
La nueva ley tiene una vigencia de 64 meses contados desde la primera licitación adjudicada por el Banco. Los créditos de postergación sólo podrán celebrarse dentro de los 4 primeros meses de este plazo.
Importante: la postergación no aplica para créditos hipotecarios con cambio de tasa durante el periodo de postergación, plazo residual menor a 72 meses, menos de 12 dividendos pagados, clientes sin cuenta corriente en el banco.